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Aclaración: Certificado Idoneidad

La Comisión Islámica de España informa, al público en general y a los interesados en particular, acerca de las características del documento “Certificado de idoneidad” solicitado por la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el proceso telemático de la convocatoria de selección de aspirantes a profesorado de Religión Islámica.

El punto 2.2 de la Resolución por la que se solicita dicho documento, expone que los aspirantes deben “haber obtenido la declaración de idoneidad […] con carácter previo a su contratación por la Consejería de Educación”.

En efecto, el Certificado de idoneidad expedido por la Comisión Islámica de España es emitido previo a la contratación, designando la idoneidad del/la candidato/a a un destino determinado. Esto es, en la firma del Certificado de idoneidad de la Comisión Islámica de España se especifica tanto al candidato como su localidad y centro educativo de destino.

Por tanto, no es procedente solicitar, exigir, o expedir este certificado sin conocimiento o determinación del destino al cual está indicado. Además, esto no debe suponer un impedimento para completar el proceso telemático. En conclusión, los/as interesados/as podrán completar el proceso telemático, de carácter público, adjuntando si así lo desean un documento redactado a modo personal, indicando que la expedición del Certificado de idoneidad se entregará por parte de la Comisión Islámica de España en relación a la plaza asignada, o el que se acompaña a la presente. 

Adjunto el  documento para los profesores 

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