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Entrevista con el presidente de la Comisión Islámica de España para el periódico Escuela sobre la Enseñanza Religiosa Islámica 

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Madrid, 05/09/2018 – islamedia 

Riay Tatary es entrevistado por el periódico Escuela, respondiendo de una forma clara  a las preguntas relacionadas con la enseñanza religiosa islámica en los centros educativos

Madrid, 05/09/2018 – islamedia

Entrevista con el presidente de la Comisión Islámica de España para el periódico Escuela sobre la Enseñanza Religiosa Islámica 
Por: Ana García Moreno – 

En 1996 las CCAA se comprometieron con la Comisión Islámica de España a introducir la enseñanza de la religión islámica en los colegios. ¿Cómo se llegó a ese acuerdo y en qué consistía? 
Tanto para el Acuerdo de Cooperación de 1992 como para el Convenio sobre enseñanza religiosa de 1996, se pasó consulta a las comunidades autónomas sin que hubiera oposición alguna al ejercicio de un derecho igualitario, firmándose y publicándose ambos, el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España de 1992 y el Convenio sobre enseñanza religiosa en Primaria y Secundaria de 1996.

– ¿Qué requisitos se deben cumplir para poder introducir esta enseñanza en los colegios?
 Basta que haya solicitudes de la enseñanza, contratando la Administración educativa, autonómica o estatal, de haber diez o más solicitudes por centro, y de haber menos podría contratar la Comisión Islámica de España en colaboración con las comunidades islámicas locales, con autorización de la Administración educativa para la impartición. – En el caso de los profesores, ¿qué requisitos deben cumplir? ¿Quién los forma y quien los asigna? Deben cumplir los mismos requisitos que cualquier otro profesor de Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato, y además un certificado de designación de una Comunidad religiosa con la conformidad de su federación religiosa, y una declaración de idoneidad de la Comisión Islámica de España (CIE), siendo esta quien designa y propone la contratación a la Administración educativa autonómica o estatal. Cada año realizamos cursos de alta capacitación tanto sobre técnicas pedagógicas y didácticas, como de contenido curricular de la asignatura para las distintas edades y etapas educativas, con los que pueden estar actualizados siempre los profesores. – 

– La ley 26/1992 por la que se aprobó el acuerdo de cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España «garantiza a los alumnos musulmanes, a sus padres y a los órganos escolares de gobierno que lo soliciten» el derecho «a recibir enseñanza religiosa islámica en los centros docentes públicos y privados concertados, siempre que no se entre en contradicción con el carácter propio del centro». ¿A qué se refiere el carácter propio del centro? 
Un colegio privado concertado podría tener un carácter aconfesional o confesional de otra religión por lo que debe ser respetado si rechazasen colaborar para educar a musulmanes en su fe. – Según un estudio de las comunidades islámicas, el 95% del alumnado musulmán carece de clases de religión en los colegios. Recientemente, ¿ha cambiado ese porcentaje y aumentado el número de alumnos que lo reciben? Aumenta el número de alumnos total y el de los que reciben la enseñanza por lo que los porcentajes permanecen con escasa variación. 

¿Cuáles cree que son los principales inconvenientes a que no haya suficientes clases de religión islámica en los colegios pese a que la ley las garantiza? 
Son las personas en puestos desde el proceso de solicitud hasta la contratación, comienza en los colegios e institutos que no ofertan clases de religión evangélica ni islámica en sus impresos de matrícula u opción, continúa, por los centros que no transmiten las solicitudes a las Consejerías de Educación, luego en estas continúa al no hacer su trabajo el Servicio de Planificación para preparar la impartición, y finalmente el Servicio de Personal no contrata al profesorado necesario para impartir la enseñanza. Cuando la Comisión Islámica de España solicita los datos de solicitudes por centro, recibe el silencio por respuesta con alguna excepción colaboradora, aquí debemos mencionar el ejemplo de buenas prácticas de Castilla y León.

– ¿Cuál es el número actual de autonomías que ofertan la enseñanza del Islam? 
Todos los colegios e institutos españoles deben ofertar clases de religión católica, evangélica, islámica y judía; lamentablemente sigue habiendo muchísimos centros que no la ofertan y que cuando lo interesan los padres estos reciben contestaciones humillantes contrarias a derecho. 
Los trámites están ya muy avanzados en La Rioja, Galicia, Extremadura, Valencia, Navarra e Islas Baleares; en otras como Asturias, y Cantabria, hay colaboración, pero la dispersión del alumnado no permite la contratación de un profesor a jornada completa. También está implantada en Melilla, Ceuta, Andalucía, Aragón, Castilla y León, el País Vasco, Madrid y Canarias. mientras no hay contestación de Cataluña, Murcia y Castilla La Mancha.

– Recientemente, un colegio de Altura (Castellón) ha mostrado su rechazo a la opción de religión islámica, ¿cómo van a actuar en este centro, teniendo en cuenta que hay alumnos que quisieran impartirla? ¿Les ha pasado algo similar en otros colegios? 
Es triste que unas personas no acepten que los demás tienen los mismos derechos que ellos, máxime cuando esa impartición no se impone a nadie y no les va a afectar; es una muestra de intolerancia ideológica pretendiendo presionar para que se incumpla la Constitución y las leyes porque desprecian a los musulmanes y a su religión, de manera totalitaria. La convivencia real despeja los miedos que puedan sembrar algunos. Realmente es una reacción inusual en un Estado con igualdad de derechos y oportunidades. 

Al ser algo garantizado en la ley, ¿cuándo han visto este tipo de rechazos, se han planteado alguna vez ir a los tribunales? 
Siempre está abierta la vía judicial, aunque como entidad religiosa preferimos la vía del diálogo y negociación para llegar al cumplimiento legal y constitucional. – ¿Cuál es vuestra experiencia con los centros que lo imparten? ¿Ha mejorado la integración y las relaciones entre los alumnos de diferentes religiones? Mejora absolutamente la relación entre todos, sintiéndose todos iguales, integrados y parte del grupo de alumnos, vecinos, amigos para toda la vida, sin que puedan afectarles los prejuicios y la propaganda negativa contra creyentes de otras religiones.

– ¿Qué queda por hacer para garantizar y mejorar esta enseñanza y la integración? 
Los servicios de inspección educativa estatales y autonómicos deben velar por que los colegios e institutos oferten y articulen correctamente la optativa de religión (católica, evangélica, islámica y judía) y valores, y por qué transmitan la información a la Consejería de Educación respectiva, o en su caso a las Direcciones provinciales del Ministerio de Educación; los cargos públicos en las distintas Consejerías de Educación deben procurar que se planifique la asignatura y se contrate al personal necesario para la impartición, y poniendo en práctica esta se conseguirá una muy sana integración.

– ¿Cómo puede afectar a los alumnos no recibir educación de su religión? 
Los niños perciben enseguida las diferencias y las hipocresías de modo que desde el principio se sienten discriminados al no tener clase de su religión mientras que otros compañeros de otra religión sí tienen su clase confesional, si a esto añadimos el segregacionismo contra el hiyab y el desprecio al menú sin porcino, además de sacar a estos alumnos de clases troncales para unas teóricas clases de refuerzo que crean fracaso escolar, al sacarles de su clase con los demás al mismo ritmo, acumulando atrasos, pueden acabar sintiendo una gran herida de desprecio social contra ellos que les puede causar efectos psicológicos, como es el caso de las alumnas con hiyab acosadas y segregadas que necesitan ayuda profesional para superar ese rechazo vital. Al no recibir una correcta formación religiosa pueden ser víctimas fáciles de bandas armadas, sectas nocivas, drogas y delincuencia, echando a perder el futuro de nuestra infancia y juventud musulmana española.

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